Según consta en el Proyecto de Evaluación Institucional, se deben garantizar un mínimo de dos instancias de evaluación (una en el primer cuatrimestre y una en el segundo cuatrimestre), con sus correspondientes instancias de recuperación.Cada docente puede definir más instancias de evaluación que deberán ser informadas en el proyecto de cátedra al inicio de la cursada; junto con los criterios de evaluación que serán considerados. El PIE establece además que estas dos instancias obligatorias deben ser individuales y consistir en una producción escrita.