Sí. Según la Ley N°14637 de la Provincia de Buenos Aires: «El régimen especial de inasistencias justificadas comprenderá, en el caso de alumnas embarazadas, un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, utilizables durante el embarazo o después del nacimiento, de forma continua o fraccionada. En el caso de alumnos en condición de paternidad, el plazo máximo comprenderá cinco (5) días hábiles, utilizables después del nacimiento, de forma continua o fraccionada» (art. 3).
El artículo 5 refiere a la lactancia materna: «Posibilítase la adecuada lactancia, mediante el egreso del establecimiento, durante dos (2) horas diarias, a opción de la madre, y por un plazo no mayor de doce (12) meses, siguientes al nacimiento, pudiéndose extender hasta los veinticuatro (24) meses durante treinta (30) minutos diarios» (art. 5)
Por este medio te acercamos el texto completo de la Ley a efectos de que conozcas el derecho que te asiste a acogerte al presente régimen: https://normas.gba.gob.ar/documentos/BEkoMfQ0.html
En el médico me dan certificados de reposo por amenaza de aborto (solo por el hecho que tengo una cesarea de 1 año recién) no corre riesgo mi vida ni la del bebe, en el instituto una profesora en particular no me deja cursar, exponiéndome de mala forma delante de compañeras, ya que hay días por cuestiones obvias del embarazo, ya sea de sentirme mal, descompuesta, gripe así también como dolores abajo, no quiere tomarme los certificados como justificación porque no quiere. Tuve la posibilidad de hablar con la jefa de área del instituto la cual dijo que si me cubre y puedo seguir con la cursada, además de tener todo y entregado cada trabajo, ahora resulta ser de que nunca hablo ni sabía ni nada, también profesores están al tanto y me acompañan y entienden el proceso apoyándome. Que debo de hacer solo me falta hablar con el director.